Nuestra Señora de la Cristiandad - España y el voluntario suscriben el siguiente acuerdo:
Primero.- Que el voluntario SE COMPROMETE a asistir a la peregrinación de Nuestra Señora de la Cristiandad – España del 26 al 28 de julio de 2025, para servir en su organización con plena disponibilidad según las funciones que le sean encomendadas. Asimismo, se compromete a colaborar en los preparativos que sean necesarios desde la firma de este acuerdo; en particular, a atender las indicaciones y avisos que se dispongan durante los 15 días previos, y a participar en las reuniones online de formación que la asociación organice en el mes de julio. En caso de imposibilidad, se compromete a avisar con un mínimo de 15 días de antelación.
Segundo.- Que ACEPTA presentar, cuando su función lo requiera, el Certificado de Manipulador de Alimentos; o su correspondiente título por parte de los voluntarios sanitarios; o el certificado que exige el art. 8.4 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado, en los casos en que sea obligatorio; y cualquier otro certificado que, en su caso, exija la ley.
Tercero.- Que CONOCE los fines y medios de Nuestra Señora de la Cristiandad-España, los hace suyos y DECLARA que no pertenece a ningún partido ni sociedad que tenga en la peregrinación un interés ulterior al de la propia asociación NSC-E.
Cuarto.- Que ACEPTA todas las obligaciones que enumera el art. 11 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado, y, en particular, la obligación de seguir «las instrucciones de la entidad de voluntariado que tengan relación con el desarrollo de las actividades encomendadas».
Quinto.- Que CONOCE y ACEPTA la Política de Privacidad de la Asociación Nuestra Señora de la Cristiandad-España, en cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y de Garantía de Derechos Digitales (LOPD GDD), así como del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de datos (RGPD); y, en particular, COMPRENDE que dichas obligaciones implican mantener confidencialidad sobre la información a la que tenga acceso por razón de su labor de voluntario, no hacer uso de los datos personales para fines ajenos a los establecidos por la organización, y tratar los datos de acuerdo con el régimen de las leyes antedichas. Comprende, asimismo, que esas obligaciones seguirán vigentes cuando termine la relación de voluntariado.
Sexto.- Por su lado, el representante de Nuestra Señora de la Cristiandad – España, ACEPTA, en nombre de la asociación, todas las obligaciones que le atribuye la Ley 45/2015 en provecho de los voluntarios, y, en particular, formar a sus voluntarios, orientarles adecuadamente, informarles con antelación suficiente de cualquier cambio relevante, y reembolsarles los siguientes gastos: kilometraje desde el inicio hasta el final de la Peregrinación. Asimismo, Nuestra Señora de la Cristiandad – España cubre según exige la ley los riesgos de accidente y enfermedad derivados directamente de la acción voluntaria y de responsabilidad civil, a través de una póliza de seguro suficiente.
Por favor, envíe este formulario únicamente si puede hacer el pago inmediatamente, ya que tenemos que comprobarlo de forma manual en nuestra cuenta bancaria.
Titular: NUESTRA SEÑORA DE LA CRISTIANDAD ESPAÑAIBAN: ES2100730100530506229065Entidad bancaria: OpenBankSwift / BIC: OPENESMMConcepto: VOLUNTARIO y nombre
En la sección "Donaciones", "ONG", o similar de su app de banco, insertar el siguiente código: 05269Si el Bizum no lo realiza con un teléfono a su nombre, háganoslo saber escribiendo a colaborar@nscristiandad.es